PROPUESTAS
Con carácter general
Con el ánimo de mejorar la calidad del puesto de trabajo de los asociados y para hacer la figura realmente atractiva para los profesionales que no quisieran hacer carrera universitaria, consideramos que a los asociados habría que remunerarles también las horas que suponen la preparación de las clases, ya que en definitiva la vocación no debe ser la excusa para dejar de pagar unas horas que, sumadas al cómputo real, suponen unos honorarios por debajo del SMI. Al mismo tiempo, esto supone un agravio comparativo con el resto de docentes de la universidad a los que sí se les pagan las horas de preparación. Esto, además, ha sido secundado por la Sentencia n.º 123/2024 del Juzgado de lo Social n.º 18 de Valencia, fechada el 17 de abril de 2024, que ha resuelto una demanda de igualdad retributiva de los asociados en comparación con el resto del profesorado a tiempo completo de la Universidad de Valencia.
Con carácter particular: profesores asociados que han emprendido la carrera universitaria o que desean hacerlo en la situación actual
Entendiendo que la figura de los asociados va a sufrir una transformación en los futuros años, entendemos que hay que dar una solución a los profesores asociados que, en la actualidad, se han quedado atrapados por las distintas reformas, viendo como mejores alternativas para acceder a la universidad pueden dificultar su propio acceso, a pesar de acumular años en su puesto, llegando en muchos de los casos a poseer el título de doctor e incluso estando acreditados. Por tanto, entendemos que a los asociados que hayan accedido a su puesto de trabajo antes de la aprobación definitiva de la normativa del profesor sustituto, debería ofrecérseles una solución transitoria. Y esa solución conllevaría lo siguiente:.
- 1. Remuneración de las horas de preparación de las clases como a los profesores a tiempo completo.
- 2. Que los profesores asociados que posean título de doctor puedan concursar a la plaza de profesor ayudante antes del fin de 2024, tal como se había anunciado con la aprobación de la LOSU.
- 3. Permitir un tiempo de gracia de 3 años para que los profesores asociados que deseen hacer carrera universitaria puedan sacarse el título de doctor y que estos últimos puedan concursar a la plaza de profesor ayudante antes de 2028.
Consideramos que los profesores asociados han determinado sus vidas bajo la idea de que podrían desarrollar su carrera universitaria por la vía que les ofrecía esta figura, cuando esta ha sido la que durante años se ha ofrecido como alternativa mayoritaria. Este nuevo planteamiento va a expulsar a una parte de este colectivo de profesores de las universidades, y va a someter al resto a un proceso que es injusto, en tanto que van a tener que competir con unas figuras que antes no existían y a las que podrían haber optado en su momento, pero que en la actualidad les supondría abandonar sus universidades, lo que es un perjuicio para ellos, pero también para los departamentos. Por tanto, se propone una serie de soluciones transitorias para los asociados que hubieran accedido a su plaza antes de la aprobación de la figura del profesor sustituto:
- 4. El profesor asociado podrá acumular contratos de la figura de profesor sustituto una vez resuelta la compatibilidad en su propia universidad.
- 5. A tenor de lo dicho, que los profesores asociados puedan presentarse a las bolsas de profesor sustituto al igual que el resto de colectivos.
Consideramos que es absurdo que puedas acumular un contrato de profesor asociado o de sustituto en otra universidad, pero no en la que has iniciado tu carrera. Asimismo, los conocimientos de los profesores asociados que tienen una trayectoria y que se han adaptado al ritmo y necesidades de los departamentos que los acogen, son un valor en la enseñanza que no puede desestimarse para un buen número de asignaturas que difícilmente podrán ser impartidas por un profesor sustituto sin experiencia en el área. A este respecto, consideramos que a las bolsas de sustitutos deberían poder concursar también los asociados, al igual que resto de colectivos contemplados, en igualdad de condiciones. A lo dicho, queremos añadir que la realidad de la mayoría de los profesores asociados es que están sujetos a la precariedad, que además de trabajar deben hacer un esfuerzo contributivo correspondiente a su situación laboral, lo que merma todavía más unos honorarios exiguos que no contemplan todas las horas de trabajo. Teniendo en cuenta que esta propuesta es de carácter transitorio para los asociados que deseen hacer carrera universitaria, consideramos que acumular contratos de sustitución les permitiría mejorar su situación vital, mejorando su currículum y permitiéndoles, de esta manera, incorporarse a la universidad, lo que debería ser el objetivo principal. Del mismo modo, que la universidad pueda valerse de los asociados para realizar también sustituciones acumuladas, supone no aumentar la temporalidad. Por tanto, esto conllevaría los siguientes beneficios:
- A. Mejorar la calidad del cuerpo docente y la enseñanza.
- B. Facilitar las sustituciones a los departamentos.
- C. Mejorar el fraccionamiento del profesorado que muchas veces sucede en las asignaturas debido a las sustituciones.
- D. Asegurar la calidad de la enseñanza en asignaturas que requieran experiencia y unos conocimientos técnicos avanzados.
- E. Mantener la calidad de la enseñanza.
- F. Reducir la temporalidad.
- G. Mejorar la situación de precariedad de una buena parte de los asociados.
- H. Favorecer que los asociados puedan desarrollar su carrera universitaria.
- I. Cohesionar los departamentos.